La Ley de Turismo de Aragón recoge como uno de los deberes de los turistas el de “respetar los reglamentos de uso o régimen interior de los establecimientos turísticos, siempre que no sean contrarios al ordenamiento jurídico”. Por su parte, el Reglamento de Alojamientos turísticos al aire libre, aprobado por Decreto 125 /2004, de 11 de mayo, del Gobierno de Aragón, contempla en su artículo 18 como uno de los deberes de los empresarios de campings el de “elaborar y anunciar de forma visible en los lugares de entrada al establecimiento, el reglamento de régimen interior del mismo”, de forma que entre la documentación que, según el artículo 21, debe acompañar a la solicitud de autorización de apertura y su clasificación ante el órgano competente, debe incluirse el “Reglamento de régimen interior, que determinará las normas sobre admisión de clientes y animales, así como los derechos y obligaciones de los mismos …”, siendo dicho Reglamento uno de los documentos que deben estar expuestos en recepción, en un lugar visible, conforme a lo previsto en el artículo 22. En cumplimiento de la normativa citada y en orden a regular la organización y el funcionamiento del Camping Selva de Oza, así como a facilitar la estancia de sus clientes y usuarios, se ha elaborado el siguiente Reglamento: